El seguro de Convenios.
Probablemente el seguro más olvidado por los autónomos y las empresas con pocos empleados. En alguno de los convenios colectivos sectoriales y de empresas se han acordado unas indemnizaciones a los empleados a consecuencia del fallecimiento o la invalidez durante la jornada laboral. Según los convenios estas indemnizaciones pueden ser por el fallecimiento por cualquier causa o simplemente por accidente, en otros se cubre incluso las 24 horas del día tanto en la actividad particular como en la profesional.
¿Qué cubre el seguro de convenio?
Este seguro cubre las indemnizaciones a los trabajadores en caso de los accidentes que puedan sufrir durante la jornada laboral. Las coberturas las establece la negociación colectiva y según convenios se incluye sólo el fallecimiento o la invalidez por accidente profesional, en otros se cubre el fallecimiento por cualquier causa, o incluso otros cubren las 24 horas de vida del trabajador tanto en su vida profesional como en la particular.
¿Qué pasa si no lo tienes contratado?
Es un seguro obligatorio cuando el convenio lo establece, es la empresa quien debe hacerlo, por lo tanto, si no tienes contratado este seguro, es el empresario quien debe responder con su patrimonio a esas indemnizaciones.
¿Cómo se calcula el coste?
En función de la actividad, los riesgos, las indemnizaciones el coste varía.
La empresa declara un número de trabajadores contratados de acuerdo con el TC2 de la Seguridad Social, y en el momento de la renovación comunica a la compañía el número de trabajadores dados de alta en cada mes para ajustar la prima en la nueva renovación, de esta manera, se paga sólo por los trabajadores contratados ya sean fijos o eventuales. Se puede dar el caso de que si se ha pagado por más trabajadores que los realmente dados de alta, la compañía de seguros devuelve la parte de la prima cobrada de más.
¿Cuanto cuesta?
Depende de las cantidades aseguradas, el riesgo de la empresa y la actividad que desarrolle.
En Valladolid según por ejemplo en el caso del convenio de Hostelería el coste por trabajador es de 5€ año, 6€ en limpiezas, 9€ en comercio o 23€ en la industria de la madera, por lo tanto cuando no se contrata suele ser por desconocimiento de la obligatoriedad de tenerlo no por el coste de la póliza, CONSULTA CON TU ASESOR.
No confundir con la MUTUA LABORAL.
La mutua patronal es la que proporciona la asistencia sanitaria a los trabajadores en caso de accidente o enfermedad profesional, el seguro indemniza en caso de accidente por fallecimiento o por invalidez.
Si tienes empleados y no has contratado este seguro o no sabes si el convenio de tu sector obliga a la contratación, no dudes en contactar conmigo para contratarlo con la garantía de la tranquilidad.
Contacto: javierpelaezsanz@mgs.es
Estoy a tu disposición en el teléfono 686 645 245 o en el 983 37 37 47.